En su camino hacia la gloria, el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, necesariamente tiene que beneficiar al estamento castrense con todo tipo de beneficios ante la ley.
Pero, ¿cómo se consigue la gloria?: Alcanzando la paz, o cierta paz, que signifique un proceso de diálogo o desmovilización con las guerrillas u otros actores violentos que el gobierno trata de desconocer como tal; esa relativa paz, se daría en la medida en que los violentos, enmarcados en una dialéctica del conflicto armado se desmovilicen; más no implica que exista una paz verdadera, ya que, estos grupos se autofinancian con el narcotráfico; y mientras este, sea un negocio ilegal no se podrá hablar de una paz duradera.
¿Por qué, se tiene que beneficiar con prebendas legales a las Fuerzas Armadas y de Policía?: durante décadas de conflicto interno, las Fuerzas Armadas en Colombia han tenido un papel protagónico como instrumento del poder plutocrático o económico/hegemónico, siendo utilizadas por la clase dirigente para forzar la balanza política en el país, como sucedió durante la lucha partidista en las décadas de los cuarenta y cincuenta del siglo XX, la lucha contra el narcotráfico cuando este existía con carteles bien definidos, la lucha contra las guerrillas desde los años sesenta y en nuestra historia reciente, esa misma lucha contra el narcotráfico del que hacen partes las guerrillas y los grupos paramilitares hoy llamados también bandas criminales o BACRIM.
Las Fuerzas Armadas y de Policía hacen parte de una historia, al servicio de grupos de poder; donde el gobierno legítimo no ha poseído ni posee hoy día su exclusividad, como se ha corroborado, cuando estas han sido cómplices con grupos paramilitares o narcotraficantes y han marcado la historia de Colombia de sangre e impunidad; ejemplos representativos de estos trágicos eventos son: la masacre de las bananeras en 1928, la retoma del palacio de Justicia, su complicidad en decenas de masacres como El Salado, Bojayá, La Rochela o las ejecuciones extrajudiciales conocidas como falsos positivos, por mencionar algunos casos de la historia nacional, en los que, las Fuerzas Armadas abusaron de su poder para perpetrar o ser cómplices de violaciones a la ley, a la Constitución, a el derecho internacional humanitario y los derechos humanos.
Este incremento en actores armados y del negocio del narcotráfico, va de la mano con la creciente disparidad social, que ha ampliado la brecha entre ricos y pobres y que hoy tiene a uno de cada dos colombianos en la pobreza; una taza de informalidad laboral de más del cincuenta por ciento, unos servicios de salud y educación cada día más precarios; lo que en el contexto Latinoamericano ubica a Colombia como uno de los países con más desigualdad social.
Estos factores sociales y criminales han hecho que las Fuerzas Armadas y de Policía, se fortalezcan y logren un presupuesto suntuario (el segundo país que destina el mayor porcentaje del PIB en América Latina después de Brasil), que equivale, a que los llamados por el nacionalismo héroes de la patria, sean los menos interesados en la paz, por el gran flujo de fondos. Se debe enfatizar en que los beneficios que se daría a los militares, como la ampliación del fuero militar, si bien no tienen como objetivo la impunidad, no son los mecanismos ideales para que se investigue y juzgue su participación en crímenes y su apoyo a grupos paramilitares y de narcotráfico; vale la pena hacer el símil entre congresistas vinculados a estos grupos (parapolíticos) que por medio de votos, prebendas o ayuda financiera, lo hacían desde su curul, y militares que lo hacen desde sus insignias con soles.
Es así, como nuestro jugador de Póker pretende hacer una carambola modificando la Constitución, las leyes y así, comprar la voluntad de las Fuerzas Militares y de Policía para intentar una salida negociada al conflicto (recordar como él mismo lo ha dicho en varias ocasiones: que es él, quien tiene la llave de la paz en su bolsillo). Esto se traduce en tres puntos:
- Proyecto de Justicia transicional, propuesto en acto legislativo por el Senador Roy Barreras, que modifica el artículo 122 de la Constitución, y que permitiría a reinsertados de un proceso de paz con el gobierno, ocupar puestos públicos; e incluye un articulado que comprende la desmovilización de grupos violentos; no solo propone un marco completamente abstracto de instrumentos jurídicos o no, en el caso de un proceso de desmovilización, donde: “se podrá ordenar la renuncia a la persecución penal”, para citar un ejemplo concreto; peor aún, que prácticamente promueve la impunidad a priori, de un acuerdo previo a un acuerdo humanitario (para llamarlo por su nombre técnico) y más allá a una negociación valida y real que termine en una desmovilización de actores armados. Un marco tan amplio puede llevar a la creación de instrumentos jurídicos, que exculpen de responsabilidad a las partes, entre estas, las Fuerzas Militares y de Policía; creando impunidad y haciendo mucho más difícil la consecución de la verdad y reparación de las víctimas. O como lo resume Michael Reed Hurtado (http://www.razonpublica.com/index.php/politica-y-gobierno-temas-27/2436-el-nuevo-marco-juridico-para-la-paz-una-propuesta-inconveniente.html) : “La propuesta de reforma convierte a la administración de justicia en un bien transable políticamente. Pone en evidencia, para los actores armados, que a lo que hay que temer (o persuadir) no es a la justicia, sino al Congreso. Triste arreglo que, antes de una eventual negociación con las partes en conflicto, quede claro que el poder que tiene la llave de su futuro es el político y, de antemano, se esté mandando el mensaje de que la justicia no vale, porque todo será negociable, al fin de cuentas”.
- Ley de Justicia y Paz. uno de los mejores ejemplos de cómo una ley de justicia transicional es aplicada con falencias graves, sin permitir lograr la verdad y otorgar reparaciones adecuadas, entre otras razones por la extradición de los principales miembros desmovilizados que se habían acogido a esta ley (sin previo fallo judicial por parte de la corte); limitando o anulando la posibilidad de que se conozcan los crímenes perpetrados por estos y las organizaciones de las que eran jefes. Por otra parte, esta ley (ley 975 de 2005), solo cobija a integrantes de grupos desmovilizados antes del 25 de julio del 2005; lo que tiene gran impacto en la justicia ordinaria, por cuanto muchos paramilitares, se desmovilizaron después de esa fecha, o confesaron crímenes después del marco temporal que dicta la ley; aumentando el número de casos para la justicia ordinaria.
Previamente, cuando se comenzó a observar este fenómeno, el entonces ministro del interior Fabio Valencia Cossio, envió una modificaron a la ley para que se pudieran acoger individuos que hubieran delinquido después del 25 de julio del 2005, propuesta que fue negada por la Corte Suprema de Justicia. Hoy, ante la gran cantidad de casos, la fiscal general Viviane Morales ha sometido a consideración una reforma a la ley para que se amplíe el límite estipulado para quienes han cometido delitos; además, plantea que se reduzca el número de sesiones para que los victimarios sean escuchados y se puedan dictar fallos para conjuntos de personas acogidas a esa ley. Es este, un ejemplo demostrativo de cómo, porque exista una herramienta de justicia transicional como la ley de justicia y paz, no significa que pueda emplearse sin unas condiciones preestablecidas y serias en el momento de que exista, o haya existido, una mesa de diálogo entre las partes; y si bien, una ley de esta naturaleza debe facultarse con cierta flexibilidad, su modificación, no debe responder a un colapso por el número de casos en el sistema ordinario judicial; no se trata solo de evacuarlos, sino que, debe darse un equilibrio entre los beneficios que una ley de esta naturaleza ofrece, y la persecución de la verdad y la reparación de las víctimas. El hecho de entender esta ley como única herramienta para reducir la congestión judicial implica impunidad. Se ha especulado que esta herramienta de justicia transicional en un eventual proceso de paz, sería incluyente para todas las partes, incluidas las Fuerzas Armadas y de Policía.
- La reforma a la Justicia. Esta es, tal vez una de las concesiones más grandes que se da a las Fuerzas Militares y de Policía, ya que amplía el fuero militar lo que significa que los crímenes cometidos por ellos serán juzgados por cortes militares, integradas por miembros de la fuerza pública, retirados o en servicio activo. Es claro el retroceso al expandir el fuero militar, no solo a la Constitución de 1991, sino que va en contradicción de las leyes de organismos internacionales de los cuales Colombia hace parte, que establecen que los crímenes de lesa humanidad deben ser juzgados por cortes civiles. Como ya se dijo, el protagonismo de los militares durante la historia del país ha implicado también una gran cantidad de crímenes por parte de la fuerza pública.
Para mencionar varios ejemplos recientes de este accionar criminal por parte de las Fuerzas Armadas y de Policía tenemos el de las ejecuciones extrajudiciales, llamadas falsos positivos. Tal vez el más representativo de todos los que se mencionan en este texto, porque las Fuerzas legítimas del orden se valieron de mentiras, secuestro o desaparición forzada, de miles (hasta ahora unos 3000 casos) de civiles que, fueron torturados, asesinados y posteriormente presentados a las autoridades y al país entero como bajas producidas a la guerrilla. Hechos que en parte fueron motivados por los incentivos económicos, vacaciones y promesas de ascenso dentro del estamento castrense en el gobierno del expresidente Álvaro Uribe. Este caso en particular, (que se puede comparar fácilmente con la cantidad de muertes provocadas por la represión hoy día en Siria o por la cantidad de personas asesinadas en Libia, antes de que la ONU tomara medidas y la OTAN interviniera militarmente), la justicia penal militar no ha hecho sino validar la impunidad; si bien se han producido condenas, son penalmente irrisorias, con carácter solo punitivo para los subordinados de la fuerza de menor rango.
Otro caso dramático anterior a los “falsos positivos”, es el de la masacre de La Rochela, donde fueron asesinados doce miembros de una comisión judicial por parte de paramilitares y con la connivencia del Ejército lo, que generó la obstrucción a la justicia desde la toma de pruebas, el debido proceso y el libre accionar judicial. Algunos apartes que describen lo sucedido se encuentran en: La Rochela. Memorias de un Crimen Contra la Justicia. Informe del grupo de memoria histórica de la comisión nacional de reparación y reconciliación.
“La construcción del modelo paramilitar colombiano, particularmente respecto de otros actores armados, y dada la naturaleza de sus vínculos incluso con aparatos del Estado, contempla como una parte sustantiva de su acción el ocultamiento de la autoría de muchos de sus crímenes, utilizando, entre otros mecanismos, el convertir lo sucedido en invisible”.
“Lo que en un principio se evidenció como una masacre contra el Estado y su institucionalidad judicial, ante la comprobada participación de miembros de la Fuerza Pública en el andamiaje criminal, resultó ser, además, una Masacre del Estado contra el Estado. Víctimas y victimarios en este caso son parte del Estado”.
Otros dos ejemplos en los que la justicia Penal Militar ha sido concomitante con la impunidad son los del joven Diego Felipe Becerra, grafitero asesinado por un miembro de la Policía Nacional en Bogotá, y el de tres menores que habrían sido abusados sexualmente y asesinados por un oficial del Ejército Nacional en Arauca; en ambos casos los miembros de la Fuerza Pública, manipularon pruebas y versiones, y la justicia Penal Militar ha dilatado los casos, o desviado la atención del público y la justicia ordinaria, sin que por ahora exista más que la sensación de impunidad.
Casos como estos, desvirtúan y empañan de vergüenza la labor de la Fuerza Pública, la cual ha tenido la responsabilidad de combatir en diferentes frentes contra actores criminales como las guerrillas, los paramilitares, el narcotráfico y la delincuencia común, durante un largo periodo de nuestra historia; particularmente en las últimas cinco décadas de conflicto interno en Colombia. Esa responsabilidad y ardua tarea, no se puede traducir en violaciones a las leyes colombianas e internacionales. El estamento castrense tiene la difícil misión de luchar por la soberanía, el respeto a la constitución, las leyes y la justicia.
Para lograr la reconciliación nacional y la paz, no solo se necesitan herramientas jurídicas que permitan la desmovilización y reinserción de los violentos; como también la voluntad política y una legítima disposición de las Fuerzas Armadas y de Policía a contribuir con esta, sin que ello, implique impunidad; diferente es esto de que para lograr la gloria que el actual presidente de Colombia persigue, se compren voluntades especialmente en el estamento castrense con impunidad. Una gloria así, solo puede significar la perpetuidad de nuestra tragedia.

Impecable! felicitaciones.
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